Por unanimidad se ha aprobado en pleno la revisiĂłn del impuesto de plusvalĂa con ocasiĂłn de daciones en pago desde 2010. El portavoz de Ganemos Colmenar, Mariano MartĂn explica la iniciativa en su blog:
En Colmenar Viejo, al igual que en el resto del Estado, se producen casos de ciudadanos y ciudadanas que se ven obligados a abandonar sus viviendas habituales por insolvencia sobrevenida que les imposibilita hacer frente al pago sus deudas hipotecarias.
En ocasiones, las entidades bancarias están ofreciendo a estas personas la daciĂłn en pago regulada en el artĂculo 140 de la Ley Hipotecaria, de tal forma que, se permite cancelar la totalidad de la deuda hipotecaria pendiente con la entrega de la vivienda. La daciĂłn en pago, presenta unas repercusiones fiscales poco conocidas por la ciudadanĂa, en general, y por las propias personas que se han quedado sin hogar, en particular.
La primera de ellas era la obligaciĂłn de pagar al Ayuntamiento el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido popularmente como “PlusvalĂa”. A pesar de su denominaciĂłn, este tributo debe satisfacerse aunque el precio del inmueble haya disminuido desde su adquisiciĂłn. Su cuantĂa depende, básicamente, del valor catastral del suelo, del nĂşmero de años transcurridos desde que se adquiriĂł y de los porcentajes y tipos de gravamen aprobados por cada CorporaciĂłn Local.
La presiĂłn social ante esta situaciĂłn injusta, provocĂł que el legislador modificara el artĂculo 105 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales dejando exentas del Impuesto sobre el Incremento del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, “las transmisiones realizadas por personas fĂsicas con ocasiĂłn de la daciĂłn en pago de la vivienda habitual del deudor hipotecario”.
La citada exenciĂłn se establece con efectos desde el 1 de enero de 2014 y ejercicios anteriores no prescritos, es decir, retroactivamente desde el ejercicio 2010.
Por otro lado, el 31 de enero de 2013 se aprobĂł en el Pleno de colmenar viejo, una mociĂłn de IU bajo la rĂşbrica “Colmenar Viejo Municipio contra los desahucios”. Una de las medidas acordadas era la de “exenciĂłn del impuesto de plusvalĂa para las personas afectadas que sufran pĂ©rdida de vivienda en subasta y para aquellas que logren la daciĂłn en pago de la deuda, en aquellos supuestos que la ley lo permita. Tras la modificaciĂłn del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no sĂłlo es que lo permita la ley, es que lo impone.
El GM de Ganemos Colmenar ha detectado casos en que esta exenciĂłn no se ha aplicado, por eso lleva al Pleno Municipal de febrero de 2016 una propuesta para que el Ayuntamiento revise de oficio todas las plusvalĂas generadas por operaciones de daciĂłn en pago desde 2010, y en aquellos supuestos que cumplan los requisitos legales establecidos, se revoquen los actos de liquidaciĂłn del impuesto, se reconozca la exenciĂłn del hecho imponible y se proceda a la devoluciĂłn de ingresos indebidos.