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  • 20 de abril, 2022 - Noticias, Mociones

     

    En diciembre de 2021 se constituyó la Comisión Antifraude del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, Comisión integrada en el Plan Antifraude, con el objetivo de establecer los principios y las normas de aplicación y observancia en materia antifraude, anticorrupción, y a fin de evitar los conflictos de intereses en relación con la gestión de los fondos europeos, provenientes del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia.

    Sin embargo, en el plano meramente municipal, en todo lo que no tiene que ver exclusivamente con la gestión de los fondos europeos, el Ayuntamiento de Colmenar Viejo tiene aún grandes asignaturas pendientes, especialmente en materia de transparencia y de acceso a la información. Para resolver esta situación Ganemos Colmenar ha presentado varias mociones enfocadas en la lucha y prevención del fraude y de la corrupción en el plano municipal.

    Por un lado, Ganemos ha vuelto a presentar, y ya hemos perdido la cuenta, una moción para la actualización urgente del Portal de Transparencia municipal. El Ayuntamiento de Colmenar Viejo debe adecuar, completar y actualizar el Portal de Transparencia municipal con urgencia. Y esto no se debe a que Ganemos Colmenar entienda que la transparencia es fundamental para evitar toda sospecha de fraude y/o corrupción. Atajar el asunto del Portal de Transparencia municipal es urgente porque el Ayuntamiento de Colmenar Viejo directamente no cumple ni con la ley estatal (Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, de obligatorio cumplimiento desde diciembre de 2015), ni con la ley autonómica (Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, que entró en vigor en enero de 2020). En todo este tiempo en que Colmenar Viejo lleva incumpliendo con la legislación de transparencia ni siquiera el Alcalde se ha atrevido a tomar medidas al respecto. Ganemos Colmenar ya pidió en 2021 la dimisión del segundo Teniente de Alcalde, responsable de Transparencia en el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, inicialmente portavoz de Ciudadanos, y desde hace un año concejal tránsfuga. Ante la negativa a dimitir, el Alcalde tampoco le ha cesado ni le ha apartado de las responsabilidades relativas a la Transparencia municipal.

    Por otro lado, Ganemos ha planteado que se dé acceso a toda la corporación a todos los expedientes e información del Ayuntamiento. Actualmente, los concejales y concejalas de la oposición solamente tienen acceso a los asuntos que se incluyen en el Orden del Día de las Comisiones Informativas y del Pleno, así como de los expedientes que solicitan conocer concretamente. En este caso, cada concejal debe solicitar formalmente y por escrito el acceso a la información concreta, generando una burocracia innecesaria en el personal del Ayuntamiento, e impidiendo el acceso inmediato a esta información por la oposición, lo que dificulta que la oposición pueda hacer correctamente su labor de fiscalización de la gestión municipal, además de que se impida hacer esta labor de manera inmediata. El acceso a la información municipal en Colmenar por la oposición es radicalmente diferente a lo que ocurre en otros Ayuntamientos, como el de Tres Cantos, por ejemplo, donde con el mismo programa informático, la oposición tiene acceso a toda la información municipal sin necesidad de solicitar expresamente su acceso.

    Quien nada oculta nada teme. Por eso, Ganemos Colmenar espera que el Gobierno municipal de Colmenar Viejo apoye las medidas planteadas por Ganemos, abriendo el acceso a la información municipal a toda la Corporación, y actualizando, de una vez por todas, el Portal de Transparencia municipal.

  • 18 de enero, 2021 - Noticias

    Ganemos Colmenar solicita el cese del concejal responsable del Portal de Transparencia del Ayuntamiento, que es, probablemente, el peor de todos los portales de los municipios medianos y grandes de la Comunidad de Madrid.

    Que alguien intente buscar algo: el presupuesto, los contratos formalizados por el Ayuntamiento, los convenios, la relación de puestos de trabajo, el personal de confianza… Imposible. Nada de nada.

    Se da la circunstancia de que el Grupo Municipal de Ciudadanos presentó una moción en mayo de 2017 solicitando la actualización URGENTE del Portal de Transparencia.

    Ahora, en enero de 2021, es el concejal de Ciudadanos el responsable de la transparencia en Colmenar Viejo y, sin embargo, el portal, tiene muchos menos contenidos que cuando el Grupo Municipal de Ciudadanos exigía su mejora.

    Ganemos Colmenar ha presentado en este mandato dos mociones exigiendo que se publiquen los contenidos mínimos establecidos en las leyes de transparencia estatal y autonómica.

    Pero es evidente que, para el Gobierno Municipal, la transparencia no es una prioridad.

    El Alcalde se ha convertido en un generador de noticias y la web municipal está dedicada fundamentalmente a publicar las notas de prensa del Gobierno. 

    Esa es la prioridad: la propaganda antes que la transparencia.

    Es sintomático que cuatro de los cinco cargos de confianza del Alcalde se dediquen a la propaganda, mientras que no existe ningún trabajador que se encargue del portal de transparencia.

    Por eso, por incumplidor continuado de la Ley de Transparencia, está más que justificado que el Alcalde le cese, salvo que la opacidad sea una consigna del propio Alcalde.

  • 24 de octubre, 2019 - Noticias

    La Ley 9/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, establecía para las Entidades Locales, un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta Ley. Casi cuatro años después, el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Colmenar Viejo se encuentra por debajo del umbral mínimo establecido legalmente.

    Para Ganemos Colmenar, la transparencia es el primer paso para la rendición de cuentas. No se trata de algo aislado, sino que es transversal a todos los ámbitos de actuación pública y ha llegado para quedarse, no es algo pasajero. Tal como dice esta ley, la transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política.

    Los Ayuntamientos son las instituciones públicas más cercanas a la ciudadanía y, por tanto, se hace necesario llevar a cabo una adecuada política en materia de transparencia destinada a facilitar el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de participación a la sociedad. Esto se traduciría en una mayor eficiencia y eficacia administrativa.

    Actualmente, el Portal de Transparencia cuenta con una estructura acorde con la Ley, pero si hablamos de contenido, está muy lejos de cumplir con la normativa actual. No cabe duda de que este Ayuntamiento tiene por delante un reto importante dado que, a día de hoy, ninguno de los bloques mínimos de información establecidos en la Ley se encuentra actualizado o, en muchos casos, no existe ninguna información. 

    Si tenemos en cuenta que el día 1 de enero de 2020 entra en vigor la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, que amplía las obligaciones de transparencia y de acceso a la información pública y establece de forma expresa la participación y colaboración ciudadana, se hace necesario tomar una serie de medidas urgentes encaminadas a mejorar el Portal de Transparencia con el fin de cumplir con la normativa en esta materia.

  • 18 de octubre, 2019 - Mociones

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

    Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, la transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política.

    Esta Ley, de aplicación directa a las Entidades Locales, tiene un triple alcance: regula las obligaciones de “publicidad activa” de las Administraciones públicas, el acceso a la información pública por parte de los ciudadanos y establece el régimen de buen gobierno de los responsables públicos.

    En relación a la publicidad activa, dispone la obligación de publicar de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública. Así, establece unos bloques mínimos de información,

    • Información institucional, organizativa y de planificación.
    • Información de relevancia jurídica.
    • Información económica, presupuestaria y estadística

    Que, a su vez, deben cumplir unos requisitos mínimos:

    1. Accesibilidad
    2. Interoperabilidad
    3. Reutilización

    Las acciones de publicidad activa se completan con las previsiones legales sobre publicidad pasiva, a través del derecho de acceso a la información pública: todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105-b) de la Constitución.

    En este sentido, establece un procedimiento ágil y dinámico de acceso a la información pública, a través del cual cualquier ciudadano puede ejercer este derecho sin necesidad de motivación, por cualquier medio que permita tener constancia de la identidad del solicitante, la información que se solicita, una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones y la modalidad preferida para acceder a la información solicitada, sin más límites que los establecidos por la propia Ley.

    Las Administraciones públicas deberán establecer sistemas para integrar la gestión de solicitudes de información de los ciudadanos en el funcionamiento de su organización interna, de tal modo que, deberán identificar claramente el órgano competente para conocer y resolver las solicitudes de acceso. 

    En su disposición adicional novena se establece, para las Comunidades Autónomas y para las Entidades Locales, un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta Ley. Casi cuatro después, el Portal de Transparencia de este Ayuntamiento no cumple ni con la calidad (documentos accesibles e interoperables y en formato reutilizable) ni con la cantidad requerida. En el mejor de los casos, la información no está actualizada.

    Tampoco existe un procedimiento específico de acceso a la información pública ni se ha elaborado un Código de Buen Gobierno, que impulse una cultura de medición, autoevaluación y mejora de todos los servicios, órganos y unidades administrativas y que ofrezcan una respuesta satisfactoria a las demandas sociales y normativas de mayor transparencia y buen gobierno mediante la rendición de cuentas a la sociedad.

    Objetivamente, el Portal de Transparencia se encuentra por debajo del umbral mínimo establecido legalmente y, teniendo en cuenta que, el día 1 de enero de 2020, entra en vigor la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, que amplía las obligaciones de transparencia y de acceso a la información pública y establece de forma expresa la participación y colaboración ciudadana, se hace necesario tomar una serie de medidas urgentes encaminadas a mejorar el Portal de Transparencia con el fin de cumplir con la normativa en esta materia.

    Por todo ello, el grupo municipal de Ganemos Colmenar PROPONE que se adopten los siguientes ACUERDOS:

    PRIMERO: Acometer la actualización y mejora del Portal de Transparencia con el objetivo de adecuarlo a la Ley de la Comunidad de Madrid, próxima a entrar en vigor.

    SEGUNDO: La creación de una Comisión Técnica de Transparencia que, con la participación de los técnicos municipales, se ocupe del seguimiento del Portal con el fin de mantenerlo continuamente actualizado conforme a las novedades legislativas en la materia.

    TERCERO: Que se lleve a Pleno a la mayor brevedad posible la aprobación inicial de la Ordenanza de Transparencia y Reutilización.