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VALORACIONES DE GANEMOS COLMENAR A LA SENTENCIA DE "EL TAGARRAL"

VALORACIONES DE GANEMOS COLMENAR A LA SENTENCIA DE "EL TAGARRAL"

Para conocer lo sucedido en el Tagarral hay que hacer un poco de historia y remontarse a 1967, año en el que el COPLACO, organismo de la administración franquista, aprobó el Plan Parcial de Soto de Viñuelas, entonces en el término municipal de Colmenar Viejo, ahora Tres Cantos.

En 1972, COPLACO denegó la urbanización de las dos últimas fases del proyecto de urbanización y la decisión fue recurrida por los propietarios.

En 1975, el Tribunal Supremo dio la razón a los propietarios al entender que se había aprobado el proyecto de urbanización por silencio administrativo, al no contestar COPLACO a la solicitud de los interesados.

En 1987 se aprobó el Plan General Ordenación Urbana de Colmenar Viejo que califica a estos terrenos como no urbanizables de especial protección, tratando de enmendar el error de COPLACO y evitando un atropello medioambiental.

Los propietarios del suelo acuden a los tribunales, y en 1992 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena solidariamente a la Comunidad de Madrid, al Ayuntamiento de Colmenar Viejo y al Ayuntamiento de Tres Cantos a indemnizar a los propietarios. Esta sentencia es ratificada por el Tribunal Supremo en 1999.

Solicitada por los interesados la ejecución de la sentencia, en al año 2003 la cuantía de la indemnización queda fijada en 42 millones de euros: 19 millones del principal de la deuda y 23 millones de intereses legales.

Desde entonces hasta septiembre de 2014, fecha en la que la Comunidad de Madrid decide pagar la indemnización, la deuda fue ascendiendo en la cuantía de 4.650 euros diarios, hasta alcanzar la cifra de 63 millones de euros.

Solventada la indemnización por el gobierno regional, la Comunidad de Madrid decide repercutir a los ayuntamientos implicados la parte proporcional de la deuda, entendiendo que al Ayuntamiento de Colmenar le corresponde una tercera parte de la misma. Finalmente, el mayo de 2016 la Comunidad de Madrid demanda al Ayuntamiento de Colmenar Viejo, y ahora nos encontramos con una sentencia condenatoria por la que tenemos que pagar la tercera parte de la deuda: 21 millones de euros.

Después del sucinto relato de los hechos más relevantes, Ganemos Colmenar quiere realizar varias apreciaciones:

La primera tiene que ver con la inadmisible dejación de funciones de los gobiernos de las tres administraciones implicadas, que no han querido afrontar el problema y han dejado que la deuda ascendiera de forma desmesurada en forma de intereses. La dilación en el cumplimiento de una sentencia firme ha provocado que hayamos pasado de una indemnización inicial de 19 millones a una deuda final de 63 millones de euros. No se puede dejar pasar el tiempo cuando cada día se incrementa la deuda en 4.600 euros.

La segunda consideración trata de poner de manifiesto la valoración de una sentencia que consideramos injusta. El hecho de que la deuda tenga que ser asumida por tres administraciones es absolutamente circunstancial y no se hubiera dado en ningún otro lugar de España. En 1991 se produjo la segregación de Tres Cantos, que pasó a ser un municipio independiente y, por lo tanto, a nuestro entender, en condiciones normales el pago de la deuda correspondería al 50% a la Comunidad Autónoma y al ayuntamiento implicado, y por tanto, en este caso, entendemos que lo procedente es que Colmenar Viejo pagara la mitad del 50% de la deuda imputable a los ayuntamientos, y no un tercio de la misma, que es a lo que ha sido condenado.

Por último, censuramos la actuación de este equipo de gobierno, que se ha dedicado a prometer obras multimillonarias sin tener en cuenta el varapalo que nos “iba a caer” con la sentencia de “El Tagarral”, que asciende a una cuantía de más de la mitad del Presupuesto municipal y que liquida prácticamente ese remanente positivo del que tanto presumen. 

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